- El inquilino elige un inmueble y acuerda un precio de alquiler.
- Reserva de la propiedad: el inquilino deberá firmar un documento proporcionado por la inmobiliaria donde se establecen las condiciones del contrato. Posteriormente deberá realizar el depósito de reserva por un monto equivalente a un mes de alquiler, que quedará en custodia de la inmobiliaria hasta la firma del contrato.
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Documentación: el inquilino deberá presentar al propietario a través de la inmobiliaria, en un plazo máximo de 5 días hábiles, la siguiente documentación:
- Informe de "Libre de Clearing". El cual se puede solicitar en Abitab con la Cédula de Identidad.
- Referencias personales y laborales
- Constancia de ingresos: último recibo de sueldo o certificado de ingresos emitido por Contador Público.
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Garantía. Dependiendo de la garantía, varía el tipo de documentación a presentar:
- Banco Hipotecario: el inquilino realiza un depósito en el Banco Hipotecario correspondiente al importe de: 5 meses de alquiler (en caso de vivienda particular) o 10 meses de alquiler (en caso de comercio).La misma se retirará a 2 firmas (propietario e inquilino) una vez finalizado el contrato de arrendamiento
- Propiedad: se presenta documentación que acredite que el bien está libre de embargos, interdicciones y gravámenes y que la persona que firma como garante es la dueña de dicho bien. Este documento es emitido por un escribano. En caso que la propiedad se vendiera durante el transcurso del arriendo, se deberá presentar otra garantía que sea aceptada por el propietario; de lo contrario se rescindiría el contrato de alquiler
- ANDA: Es una empresa que brinda garantías de alquiler. El inquilino debe afiliarse y Anda le cobrará un determinado porcentaje tanto al inquilino como al propietario por el servicio que brinda.
Link: www.anda.com.uy
- Contaduría general de la nación: es una garantía a la cual pueden acceder exclusivamente los empleados públicos.
Permite, a través de un trámite que le descuenta del sueldo -al inquilino- el monto de alquiler que se transfiere directamente al Dueño de la Propiedad, mas un 3% del monto de alquiler como comisión.
Link: www.cgn.gub.uy
- Porto Seguro: es una garantía de alquiler realizada por una compañía de seguros y cubre hasta determinados montos de alquiler.
Link: www.portoseguro.com.uy
- Contrato: una vez que se presentan y son aceptadas las garantías, referencias y toda la documentación detallada anteriormente, se realiza un inventario a la propiedad y se firman el contrato y el inventario, estableciendo los plazos y condiciones pre acordados.
- Comisión inmobiliaria: es de un mes de alquiler más IVA. En el caso de los alquileres temporales la comisión es de un 10% más IVA del monto total.